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Preguntas Frecuentes
Las donaciones realizadas a través de las campañas de crowdfunding en Aldeas Infantiles SOS tienen derecho a desgravación fiscal, igual que cualquier otra donación directa.
Las donaciones a Aldeas Infantiles SOS tienen beneficios fiscales para el donante, incluso si se realizan a través de una campaña de crowdfunding. El importe donado se puede deducir en la declaración del IRPF de la siguiente manera:
· Los primeros 150?€ donados desgravan un 80?%, siempre, tanto si el donante es nuevo como si ya ha donado antes.
Por ejemplo, si dona 100?€, se puede deducir 80?€.
· La parte que supere los 150?€ desgrava un porcentaje distinto según la antigüedad del donante:
o Si es la primera vez que dona, o no ha donado en los dos años anteriores, el exceso sobre 150?€ se desgrava al 35?%.
o Si ha donado en los dos años anteriores con igual o mayor importe, ese exceso se desgrava al 40?%.
Ejemplo práctico:
Una persona dona 200?€ por primera vez.
· Los primeros 150?€ desgravan un 80?% → 120?€
· Los 50?€ restantes desgravan un 35?% → 17,50?€
En total se deducirá 137,50?€, por lo que esa donación le habrá “costado” solo 62,50?€.
Cualquier persona: un particular, una empresa, una escuela, etc. No es necesario ser socio ni haber donado antes.
Cumpleaños, bodas, retos deportivos, homenajes, Navidad, colegios, iniciativas de empresa... ¡Lo que cada uno quiera!
Por redes sociales, WhatsApp, email… El creador recibe un enlace único para difundirla.
Todo se dona directamente a Aldeas Infantiles SOS. La persona que crea la campaña no gestiona el dinero ni lo recibe. Es una donación directa a Aldeas Infantiles SOS. No hay intermediarios
No. Solo se puede desgravar si realizo una donación en cualquier iniciativa.

